La desconexión digital, una ley por la cual luchar todos los días

Nosce Te Ipsum por: Josman Espinosa Gómez

De acuerdo con Tu Índice para una Vida Mejor” de la OECD, en México los empleados dedican menos horas de su día al cuidado personal (comer, dormir, etc.) y al ocio (vida social con amigos y familiares, pasatiempos, juegos, televisión, etc.), que el promedio de la OCDE, de 15 horas. Esto se traduce a una fórmula sencilla, cuanto más trabajen las personas, menos tiempo tendrán para dedicarlo a otras actividades y los datos que tenemos sugiere que un horario de trabajo largo puede resultar perjudicial para la salud, poner en peligro la seguridad y aumentar el estrés, lo que claramente impactará en el desempeño laboral, conformando un círculo de malestar. A los resultados de este estudio, sumemos el impacto que ha tenido el trabajo a distancia derivado por la pandemia provocada por el COVID19 y en cuyo contexto han aumentado exponencialmente las horas de trabajo, impidiendo un adecuado descanso, afectando la salud física y mental de los colaboradores, a través del incremento del estrés y la ansiedad.

El confinamiento ha puesto a las organizaciones, empresas e instituciones a tratar de sobrevivir a su operatividad a través del uso de las herramientas tecnológicas; sin embargo, enfrentar este reto del mundo hiperconectado ha generado muchos otros retos para organizaciones y trabajadores en sí, buscando establecer el límite entre los horarios del empleo y la vida personal. Por ello, recientemente se aprobó el decreto para incluir en la Ley Federal del Trabajo, el “derecho a la desconexión digital”, como una acción en beneficio de los trabajadores en México. Con 116 votos a favor, el senado aprobó un proyecto de la adición del artículo 68 bis a la Ley Federal del Trabajo, para que los trabajadores tengan derecho a la “desconexión digital”, es decir, que fuera del horario laboral podrán elegir no contestar llamadas, mensajes ni correos electrónicos.

“Las y los trabajadores tendrán derecho a la desconexión digital a efecto de que les sean garantizados, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto a su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar”

Adición al art. 68 bis a la LFT en materia de desconexión digital en el ámbito laboral.

Este decreto tiene como objetivo el garantizar a los trabajadores el respeto a su tiempo de descanso, permisos y vacaciones y con ello, procurar la conciliación de su vida laboral y familiar. Para ello, esta adición prevé ciertas acciones por parte de los patrones, y se extiende para todos los trabajadores, no sólo a quienes laboran de manera remota, como está establecido actualmente en la ley de teletrabajo y ahora deberá ser discutida y votada en la Cámara de Diputados.

Debemos aplaudir y hacer cumplir este decreto no solo por el beneficio físico y mental del trabajador, impactando en situaciones es el beneficio más evidente, lo que impacta en situaciones como: mejorar la calidad de vida y el estado de ánimo, mayor conciliación en el entorno social y familiar, reducción del estrés y el aumento de la motivación. Todos estos beneficios, también llevan beneficios a las empresas, como: una mejor concentración, mayor productividad y compromiso, reduce el ausentismo laboral y disminuye la rotación de personal.

Como ves, este decreto vino a beneficiarnos a todos los trabajadores, ahora es nuestro deber y compromiso hacer que ser cumpla, somos corresponsables de denunciar cualquier práctica laboral que vaya en contra de ello, aunque eso pueda significar enfrentar el riesgo de poner en juego nuestro propio empleo, pero que quede claro que eso no será por mucho lo que más perderíamos en caso de que nuestra salud mental sea comprometida ¿no lo crees?

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