• En entredicho, la solvencia profesional de abogados del sector público.
  • Inconstitucionales, algunos artículos de la Ley Federal de Sanidad Vegetal.
  • Por Salvador Y. Maldonado Díaz.

CIUIDAD DE MEXICO. 4 de agosto de 2017.- Un juzgado federal ordenó a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) impedir las importaciones de papa fresca proveniente de Estados Unidos por constituir un riesgo latente a la biodiversidad y ante el potencial riesgo de propagación de 63 plagas cuarentenarias en detrimento del campo mexicano.

Además, el mandato del juzgado incluye dejar sin aplicación dos artículos del Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Vegetal por inconstitucionales.

Al resolver el amparo 586/2016, la autoridad jurisdiccional determinó que las autoridades responsables han actuado con omisión al incumplir la sentencia dictada previamente por este órgano en un amparo colectivo, en la que se prohibió el ingreso de papa fresca procedente del vecino país del norte, por constituir un riesgo latente a la biodiversidad y contaminación del suelo por la probable propagación de al menos 63 plagas cuarentenarias que contiene el tubérculo.

El Consejo de la Judicatura Federal subrayó en boletín que a más de un año de la emisión de la primera sentencia, las medidas implementadas como barreras fitosanitarias tanto en el Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Vegetal como en la Teoría de Enfoque de Sistemas no mitigan riesgo alguno y son contrarias al análisis del riesgo efectuado por el órgano científico de la Sagarpa, el Consejo Nacional Consultivo Fitosanitario (Conafi).

A pesar de que previamente productores de la zona norte de Sinaloa promovieron el amparo colectivo, el juez se corroboró que las autoridades actuaron con pleno conocimiento de que el Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Vegetal contiene las mismas disposiciones anteriormente señaladas de inconstitucionales, y que derivaron en la derogación del Acuerdo de Mitigación por resultar totalmente inoperante contra la dispersión de dichas plagas el 19 de marzo de 2014.

Entre las lecturas que se han hecho de esta determinación de la autoridad jurisdiccional, conocedores del derecho de la administración pública federal, particularmente en  la legislación agropecuaria, han señalado que este fallo exhibe la falta de profesionalismo de los abogados del Poder Ejecutivo, al menos en  el área jurídica de la SAGARPA.

Lo anterior a raíz de la incongruencia de la Ley Federal de Sanidad Vegetal con el texto constitucional, lo que no es un asunto menor.

TELON DE FONDO

Hay un secreto a voces que se maneja en despachos de comercio internacional del sector agropecuario: la SAGARPA tiene un interés descarado en quedar bien con el ¨Gobierno de Estados Unidos supuestamente para allanar el intercambio comercial. En este contexto se tiene en marcha facilitar la importación de las papas norteamericanas, para conseguir que se admitan varios productos mexicanos, como el aguacate de Jalisco.