¿CÓMO PREVENIR ACCIDENTES DE NIÑOS Y BEBÉS EN EL HOGAR?
1.- COLOCAR TAPONES EN LOS ENCHUFES ELÉCTRICOS.
El niño o bebé puede introducir sus dedos y recibir una descarga eléctrica.
2.- NO UTILIZAR RECIPIENTES DE BEBIDAS O REFRESCOS PARA ALMACENAR SUSTANCIAS QUIMICAS (LIMPIEZA DETERGENTES O CORROSIVO)
El niño puede creer que es para beber y sufrir intoxicación o envenamiento.
3.- BLOQUEAR LOS ACCESOS A ESCALERAS (BARANDALES)
El niño puede resbalar y caer por la escalera debe usarlas siempre con el apoyo de un adulto.
4.- NO DEJAR JUGUETES EN BALCONES O CERCA DE ALBERCA
El niño o bebe al estar jugando los juguetes se pueden caer y el niño o bebe al tratar de recuperarlos puede caer o introducirse a la alberca poniendo en riesgo su vida.
5.- CERRAR ALJIBES O PILETAS CON CANDADO
El niño o bebe puede caer dentro de estos y ahogarse.
6.- NO TENER TINAS, BOTES O DEPOSITOS DE AGUA LLENOS AL ALCANCE DE LOS NIÑOS
El niño o bebe puede introducirse y ahogarse.
7.- NUNCA DEJAR CONECTADOS OBJETOS CALIENTES (PLANCHA, CAFETERA, ETC.)
El niño o bebe puede entrar en contacto con ellos y sufrir quemaduras.
8.- NO DEJAR SARTENES ENCENDIDOS SIN LA SUPERVICIÓN DE ADULTOS
El niño por curiosidad o por tratar de tomar comida puede volcarlos hacia el y sufrir quemaduras
9.- TENER CUIDADO CON CABLES DE LUZ EXPUESTOS.
El niño o bebe puede tomarlos y morderlos por lo que puede recibir una descarga eléctrica.
10.- NO DEJE AL ALCANCE DE LOS NIÑOS CERILLOS O ENCENDEDORES.
El niño puede iniciar un incendio.
Elaboró: Unidad Municipal de Protección Civil.
INFORMACIÓN DADA A CONOCER POR EL GOBIERNO MUNICIPAL DE LA PIEDAD
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- Este mensaje tiene exclusivamente fines informativos en materia de protección civil, seguridad y/o salud pública, de conformidad con lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 209 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE).
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