Por: José Javier Rodríguez Ochoa

“El hombre honrado es el que mide su derecho por su deber”

Henri Lacordaire.

Como pagadores de impuestos todos los habitantes de este país tenemos derechos, los cuales se encuentran consagrados principalmente en la Ley Federal de Derechos del Contribuyente, en vigor desde el año de 2005.

Por otro lado, la instancia que garantiza el acceso a la justicia tributaria es la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente mejor conocida como PRODECON, la cual brinda asesoría, representación y defensa legal, seguimiento a los procedimientos de quejas y reclamaciones contra actos de las autoridades fiscales que vulneran los derechos contribuyentes, así como la celebración de los novedosos acuerdos conclusivos en los procesos de fiscalización.

Para facilitar su compresión, la PRODECON ha catalogado los derechos de los contribuyentes en 10 temas:

1.- Derecho a ser informado y asistido

El contribuyente tiene el derecho a ser informado y asistido por la autoridad tributaria en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, su situación fiscal, al inicio de facultades de comprobación precisando el objetivo y alcance de las mismas, la forma de pago de sus contribuciones y a obtener copias de las declaraciones presentadas entre otros.

2.- Derecho a ser escuchado

El contribuyente podrá realizar los alegatos que estime pertinentes de conformidad con las disposiciones legales y aportar las pruebas correspondientes en la resolución de cualquier controversia ante órganos administrativos o jurisdiccionales.

3.- Derecho de petición

El contribuyente podrá plantear consultas a la autoridad sobre situaciones reales y concretas y a obtener la respuesta correspondiente dentro del plazo de tres meses.

4.- Derecho a la confidencialidad y protección de datos

La autoridad fiscal deberá guardar con carácter confidencial o reservado la información, datos,  informes o antecedentes que los contribuyentes les proporcionen los cuales deberán ser utilizados para los fines legales permitidos.

5.- Derecho a la autocorreción fiscal

El contribuyente puede corregir las distintas contribuciones que sean objeto de revisión mediante la presentación de las declaraciones correspondientes, a partir de que se inicie la verificación y hasta antes que la autoridad notifique la resolución donde determine omisiones.

6.- Derecho a no pagar más contribuciones de lo debido

El contribuyente deberá pagar el importe correcto de contribuciones que le corresponda, ni más, ni menos. De igual forma tiene derecho a recuperar las cantidades que se hubieran pagado indebidamente o aquellas que se determinen como saldo a favor de conformidad con las disposiciones legales.

7.- Derecho de acceso a la justicia fiscal

Ante cualquier controversia el contribuyente podrá interponer los medios de defensa instaurados de los cuales deberá ser informado respecto al recurso procedente, los plazos para su presentación y el órgano ante el cual debe formularse.

8.- Derecho a la presunción de buena fe

Toda actuación que el contribuyente realice se presume de buena fe. En tal virtud, corresponde a la autoridad comprobar y demostrar cualquier falta cometida y acreditar la existencia de agravantes en la comisión de infracciones.

9.- Derecho a una administración ágil y eficiente

La administración tributaria debe procurar la simplificación en el cumplimiento de las obligaciones fiscales del contribuyente, de tal manera que le resulte lo menos gravoso posible con el máximo de eficiencia.

10.- Derecho a un trato respetuoso

El contribuyente deberá ser tratado con respeto y consideración por parte de los servidores públicos de la administración tributaria. Debe imperar la cordialidad y educación y evitar el abuso que pudiera existir debido a la posición de autoridad.

¿Sabías de tus derechos como contribuyente? ¿Los has hecho valer como corresponde?

No lo olvides, si tienes alguna duda o requieres apoyo en estos temas ponte en contacto:  javier.rodriguez@rycc.com.mx José Javier Rodríguez Ochoa, Consultor fiscal y de negocios. Contador Público con Maestría en Impuestos.