Por Agustín Cervantes

La Piedad, Michoacán. 27 de marzo de 2024.-La comisión disciplinaria de la Federación Mexicana de Fútbol (FMF) emitió su veredicto luego de la bronca y pelea campal que hubo el sábado en el juego entre Reboceros y Petroleros de Salamanca.

Las sanciones van desde la suspensión a jugadores de ambos equipos involúcranos en la batalla campal, sanciones económicas a los dos clubes por faltar al reglamento y veto de dos partidos en estadio Juan. López.

El comunicado de la rama es el siguiente:

Los jugadores involucrados recibirán de 4 a 8 partidos de suspensión y los clubes multas económicas por transgredir el Reglamento de Sanciones de la FMF
La Comisión Disciplinaria informa las sanciones, derivadas de los hechos reportados en el Informe Arbitral el pasado 25 de Marzo de 2024, en el partido disputado entre los Clubes Reboceros de la Piedad y Petroleros de Salamanca C.F.C., correspondiente a la Jornada 29 de la Serie A Grupo 2 de la Liga Premier, Temporada 2023-2024.

Esta Comisión ha decidido sancionar a los siguientes jugadores de ambos clubes por transgredir los artículos 17 inciso e) y 18 inciso b) apartado expulsiones del Reglamento de Sanciones de la FMF, respectivamente.

Club Reboceros de la Piedad
•⁠ ⁠Iván Rafael Zárate Moreno (#13), 5 partidos de suspensión.
•⁠ ⁠Diego Francisco Guareño Hernandez (#16), 4 partidos den suspensión.
•⁠ ⁠Cesar Alfredo Novoa Islas(#25), 4 partidos de suspensión

Club Petroleros de Salamanca
•⁠ ⁠Axel Gael Quiroz Abonce (#23), 8 partidos de suspensión.
•⁠ ⁠Efren Josue Mendoza Cendejas (#44), 4 partidos de suspensión.
•⁠ ⁠José Andrés Garza Calleja (#8), 4 partidos de suspensión.

De igual manera, se sanciona económicamente y con 2 (Dos) partidos de veto al Club Reboceros de la Piedad, toda vez que transgredió el artículo 55 del Reglamento de Sanciones de la FMF, el cual establece que el Club local será sancionado en caso de invasión del público a la cancha o terreno de juego, antes, durante o después del partido.

Así mismo, se sanciona económicamente la Club Petroleros de Salamanca, por transgredir el artículo 49 tercer párrafo del Reglamento de Sanciones de la FMF, el cual menciona que, si la Comisión Disciplinaria identifica plenamente a los seguidores de un Club determinado como los responsables de la conducta impropia que se haya presentado en un partido, podrá imponer una sanción al Club sin importar si se trata del local o del visitante.

Además, esta Comisión continúa recabando información y buscan allegarse de los elementos de prueba necesarios, ya que, en caso que se determine que existe algún elemento sancionable, lo hará del conocimiento público.

Finalmente, se advierte a ambos clubes, sobre la conducta futura de sus jugadores, ya que en caso de que este tipo de acciones se vuelvan a cometer, la Comisión Disciplinaria podrá imponer sanciones más severas en su contra.

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